El Comité de Educación tiene por objeto facilitar la realización de actividades de educación, aplicando el cuarto principio de educación, formación e información, a partir de la inversión del Fondo de Educación constituido de acuerdo con la ley, los estatutos y el presupuesto aprobado por el Consejo de Administración de la Cooperativa.
Podrán ser beneficiarios del fondo de Educación:
- Todos los asociados que tengan al menos seis meses de vinculación, no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo con el estatuto y los reglamentos.
- Quienes demuestren la realización del curso de sensibilización en economía solidaria y presenten formato diligenciado de solicitud para acceder a la capacitación.
- Los colaboradores de la Cooperativa que requieran capacitación para la debida administración de la Cooperativa y que no cuenten con sanciones por parte de la misma.
- Potenciales asociados y público en general, para los fines de promoción de los servicios y afiliación de quienes puedan ser asociados.
- Público en general, según los proyectos autorizados para Educación formal contemplados en la ley.